Delimitación de Fajas Marginales

Según la Ley de recursos hídricos N° 29338 en su Título V – Protección de Agua Artículo 74° respecto a la Faja marginal establece que. En los terrenos aledaños a los cauces naturales o artificiales se mantiene una faja marginal de terreno necesaria para la Protección, el uso primario del agua, el libre tránsito, la pesca, Caminos de vigilancia y otros servicios.

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Jueves, 26 Junio, 2014
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